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SOLICITUD PARA USUARIO DE LA UNIDAD EJECUTORA









    Términos y condiciones creación de usuario.
    Registro general de adquisiciones del estado




    LAS ENTIDADES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 1 DE LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, PARA LA CREACIÓN DE USUARIO DEL SISTEMA DEL REGISTRO GENERAL DE ADQUISICIONES DEL ESTADO –RGAE-, ACEPTAN QUE HAN LEÍDO Y CONOCEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA SU USO, CONFORME A LO SIGUIENTE:

    1. Aspectos generales: El portal y el sistema son las herramientas oficiales para la gestión de solicitudes ante el Registro General de Adquisiciones del Estado –RGAE-. Se rige por las normas jurídicas aplicables tanto directa como supletoriamente y está sujeto al estricto cumplimiento de estas.

    2. Información y documentación: La información y documentación que se requiera para la gestión de solicitudes, será confrontada a través de cruce de información manual o automática, conforme al diseño de los sistemas de las diferentes entidades del Estado y registros públicos con los que esté interconectado el Registro General de Adquisiciones del Estado –RGAE-. El –RGAE- en caso de establecer falsedad o dolo en la presentación de información o documentación, se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan de conformidad con lo que establece la Ley de
    Contrataciones del Estado y demás normativa aplicable.

    3. Compromiso: El usuario designado y autorizado por la autoridad de la entidad que corresponda, se compromete a utilizar el sistema en la forma que ponga a disposición el Registro General de Adquisiciones del Estado, en el entendido que los términos y condiciones pueden ser ampliados o modificados en cualquier momento sin previo aviso, únicamente publicando en el portal web dichas modificaciones o ampliaciones.

    4. Notificaciones oficiales: El –RGAE- notificará de forma electrónica al correo electrónico que registre el usuario registrado, siendo responsabilidad exclusiva del mimo mantener actualizados sus datos. El correo electrónico registrado es el medio por el cual el –RGAE- enviará toda notificación, aviso, claves de acceso y demás información relativa a gestiones ante el Registro General de Adquisiciones del Estado.

    5. Garantía de servicio: Toda solicitud gestionada ante el –RGAE- será conocida y analizada, y se observarán los plazos establecidos para el efecto, sin embargo dicho análisis no implica la inscripción o precalificación según sea el caso, dado que el –RGAE- debe concluir con el trámite respectivo, para lo cual debe contar con toda la información y documentación establecida en la
    normativa aplicable.

    6. Confidencialidad: Toda información que por mandato constitucional, o disposición expresa de una ley tenga acceso restringido, o haya sido entregada por personas individuales o jurídicas bajo garantía de confidencialidad tiene ese carácter. Los usuarios están obligados a observar este precepto y tendrán la obligación de hacer saber a sus representantes el mismo. El Registro General de Adquisiciones del Estado está exento de responsabilidad por información o documentación considerada como falsa o que no reúna los requisitos legales, contables, financieros, consulares, o cualquier otro, siendo los usuarios los responsables directos de la procedencia de los documentos e información.

    Acepto

    SOLICITUD PARA USUARIO DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS








      Términos y condiciones creación de usuario.
      Registro general de adquisiciones del estado




      LAS ENTIDADES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 1 DE LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, PARA LA CREACIÓN DE USUARIO DEL SISTEMA DEL REGISTRO GENERAL DE ADQUISICIONES DEL ESTADO –RGAE-, ACEPTAN QUE HAN LEÍDO Y CONOCEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA SU USO, CONFORME A LO SIGUIENTE:

      1. Aspectos generales: El portal y el sistema son las herramientas oficiales para la gestión de solicitudes ante el Registro General de Adquisiciones del Estado –RGAE-. Se rige por las normas jurídicas aplicables tanto directa como supletoriamente y está sujeto al estricto cumplimiento de estas.

      2. Información y documentación: La información y documentación que se requiera para la gestión de solicitudes, será confrontada a través de cruce de información manual o automática, conforme al diseño de los sistemas de las diferentes entidades del Estado y registros públicos con los que esté interconectado el Registro General de Adquisiciones del Estado –RGAE-. El –RGAE- en caso de establecer falsedad o dolo en la presentación de información o documentación, se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan de conformidad con lo que establece la Ley de
      Contrataciones del Estado y demás normativa aplicable.

      3. Compromiso: El usuario designado y autorizado por la autoridad de la entidad que corresponda, se compromete a utilizar el sistema en la forma que ponga a disposición el Registro General de Adquisiciones del Estado, en el entendido que los términos y condiciones pueden ser ampliados o modificados en cualquier momento sin previo aviso, únicamente publicando en el portal web dichas modificaciones o ampliaciones.

      4. Notificaciones oficiales: El –RGAE- notificará de forma electrónica al correo electrónico que registre el usuario registrado, siendo responsabilidad exclusiva del mimo mantener actualizados sus datos. El correo electrónico registrado es el medio por el cual el –RGAE- enviará toda notificación, aviso, claves de acceso y demás información relativa a gestiones ante el Registro General de Adquisiciones del Estado.

      5. Garantía de servicio: Toda solicitud gestionada ante el –RGAE- será conocida y analizada, y se observarán los plazos establecidos para el efecto, sin embargo dicho análisis no implica la inscripción o precalificación según sea el caso, dado que el –RGAE- debe concluir con el trámite respectivo, para lo cual debe contar con toda la información y documentación establecida en la
      normativa aplicable.

      6. Confidencialidad: Toda información que por mandato constitucional, o disposición expresa de una ley tenga acceso restringido, o haya sido entregada por personas individuales o jurídicas bajo garantía de confidencialidad tiene ese carácter. Los usuarios están obligados a observar este precepto y tendrán la obligación de hacer saber a sus representantes el mismo. El Registro General de Adquisiciones del Estado está exento de responsabilidad por información o documentación considerada como falsa o que no reúna los requisitos legales, contables, financieros, consulares, o cualquier otro, siendo los usuarios los responsables directos de la procedencia de los documentos e información.

      Acepto

      Inscripción y precalificación de consultor individual extranjero

      El proceso de inscripción y precalificación par los consultores individuales extranjeros la realiza la unidad ejecutora contratante desde el Sistema RGAE. Para ello el consultor extranjero deberá proporcionar el Formulario de solicitud de inscripción y precalificación de consultor individual extranjero, la Declaración jurada de consultor individual extranjero y copia del pasaporte, todo en formato PDF. El consultor individual extranjero puede descargar esos documentos en la sección E-Servicios / Consultor individual extranjero.

      Personas individuales que presten servicios técnicos o profesionales

      Las personas individuales que presten servicios técnicos o profesionales bajo el renglón de otras remuneraciones de personal temporal, deberán estar inscritas en el RGAE, para lo cual éste pondrá a disposición un módulo de inscripción que será operado por las entidades comprendidas en el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, las cuales completarán la información y documentación requerida en el formulario electrónico correspondiente.

      Procedimientos de baja cuantía

      Los proveedores conforme el procedimiento de compra de baja cuantía no será necesario que estén inscritos y precalificados, no obstante, para llevar un control estadístico sobre dichos proveedores, el RGAE actualizará su sistema con la información generada por las entidades comprendidas en el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, al momento de realizar la rendición de los fondos rotativos mediante el módulo respectivo o en los sistemas que corresponda de acuerdo a las normas y procedimientos que le sean aplicables.

      Proveedores en virtud de adquisición o arrendamiento de bienes inmuebles

      No será necesaria la inscripción y precalificación para los proveedores, en virtud de la adquisición o arrendamiento de bienes que sean indispensables por su localización, para la realización de obras o prestación de servicios públicos que únicamente puedan ser adquiridos por una sola persona. El RGAE actualizará su sistema con la información generada por las entidades comprendidas en el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, al momento de registrarlo en el sistema GUATECOMPRAS.

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